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Mutua Fraternidad Muprespa - Cabecera Web 2010 Año Internacional de la Diversidad Biológica
 
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MUJERES AUTÓNOMAS: DERECHOS AQUIRIDOS POR LA LEY DE IGUALDAD

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en vigor desde el 24 de Marzo de 2007, entre otras medidas y modificaciones de diferentes leyes, incluye algunas correspondientes a la Ley General de la Seguridad Social que afectan a los trabajadores autónomos:
  1. 1) En la prestación de maternidad: rebaja los periodos de carencia y crea una prestación más básica para las trabajadoras que no alcancen la carencia precisa.
  2. 2) La nueva prestación de paternidad: prestación del 100% y de una duración de 3 días.
  3. 3) La prestación de I.T. riesgo durante el embarazo: pasa a considerarse derivada de Contingencias Profesionales y la prestación por Incapacidad Temporal se eleva al 75% de la base reguladora
  4. 4) Bonificación de las cuotas: se modifica el Real Decreto Ley 11/1998 y la Ley 12/2001 para incluir, entre otros colectivos, a los que son de aplicación la bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social por los trabajadores autónomos sustitutos e incluir estas bonificaciones para las nuevas prestaciones de paternidad y riesgo durante la lactancia natural.
El Artículo l de Real Decreto Ley 11/1998 en su letra c) queda redactado de la siguiente forma:

“los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores autónomos, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas, en los supuestos de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, periodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento o suspensión por paternidad, en los términos establecidos en los párrafos anteriores”.


La Disposición adicional segunda de la Ley 12/2001 en su letra b) queda redactado de la siguiente forma:

“una bonificación del 100% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda el tipo de cotización establecido como obligatoria para los trabajadores incluidos en un régimen de la Seguridad Social propio de trabajadores autónomos”

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