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title: "Convenio y Recomendación para combatir la violencia y el acoso en el trabajo"
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type: "noticia"
updated: "2025-10-24"
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# Convenio y Recomendación para combatir la violencia y el acoso en el trabajo



27/09/2021

Normativa

El pasado junio, la Organización Internacional del Trabajo ([OIT](https://www.ilo.org/global/lang--es/index.htm)) lanzaba una [campaña](https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_807471/lang--es/index.htm) mundial, animando a los países miembros a ratificar el [Convenio 190](https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C190) sobre la violencia y el acoso en el trabajo:



 

Este Convenio [C190](https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C190) y su Recomendación [206](https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:R206) que complementa el convenio, poseen varias características importantes que trataremos de resumir aquí. Directamente en su preámbulo reconoce que la violencia en el trabajo afecta a los derechos humanos, que son fundamentales:

* Reconociendo el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.
* Reconociendo que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, y que la violencia y el acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades, y son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente.
* Reconociendo la importancia de una cultura del trabajo basada en el respeto mutuo y la dignidad del ser humano para prevenir la violencia y el acoso.

Consideramos verdaderamente importante resaltar la definición que se realiza en el artículo 1 y que difiere de la del reconocido autor H. Leymann:

La expresión "violencia y acoso" en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, \[...\]

El propósito que se persigue con esta [norma](/es-ES/norma) es la de proteger a todos los trabajadores, además de constatar que la violencia y acoso en el trabajo afecta a la igualdad de oportunidades y por supuesto, es contraria al Objetivo de Desarrollo Sostenible 8: trabajo decente.

Observamos que en varios artículos anima a todos los miembros a adoptar medidas apropiadas para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, listamos aquí algunas de ellas:

* Prohibir legalmente la violencia y el acoso.
* Velar para que las políticas pertinentes aborden la violencia y el acoso.
* Adoptar una estrategia integral a fin de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso.
* Establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los mecanismos existentes.
* Velar para que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo.
* Prever sanciones.
* Desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y actividades de sensibilización, en forma accesible, según proceda.
* Garantizar que existen medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso, incluyendo a través de la inspección del trabajo o de otros organismos competentes.

No podemos terminar esta nota, sin incluir un ítem relevante incluido en la recomendación, parte II, artículo 8, ya que nosotros nos dedicamos a la prevención, dicho ítem dice:

En la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo que se menciona en el artículo 9,c), del Convenio se deberían tener en cuenta los factores que aumentan las probabilidades de violencia y acoso, incluyendo los peligros y [riesgos psicosociales](/es-ES/riesgos-psicosociales). Tenemos que prestar especial atención a los peligros y los riesgos que se deriven de las condiciones de trabajo, su organización y la gestión de recursos humanos, yendo más allá, riesgos y peligros que impliquen a terceros y se deriven de la discriminación, el abuso de las relaciones de poder y las normas de género, culturales y sociales que fomentan la violencia y el acoso.

Como vemos, un documento capital en prevención como es la evaluación de riesgos, deberá ser customizado para cada [empresa](/es-ES/empresa-0), reflejando su propia idiosincrasia, incluyendo los [riesgos psicosociales](/es-ES/riesgos-psicosociales), riesgos que por fin están tomando la importancia que deberían haber tenido siempre.

En línea con esta campaña desde [Fraternidad-Muprespa](https://www.fraternidad.com/es-ES/portal-corporativo) y hemos desarrollado cartelería, infografías y contenidos digitales que se podrán descargar gratuitamente y que iremos publicando a lo largo de esta semana.

![espacio libre de acoso]()

 

[![cartel acoso hombre](/sites/default/files/node/noticia/field_images_gallery_vertical/Carteler%C3%ADa%20Violencia%20y%20acoso%20en%20el%20trabajo%202804%20-%2001%20hombre%202021.jpg)](https://www.fraternidad.com/sites/default/files/node/noticia/field_images_gallery_vertical/Carteler%C3%ADa%20Violencia%20y%20acoso%20en%20el%20trabajo%202804%20-%2001%20hombre%202021.jpg "cartel acoso hombre")