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23 abril 2010 - La Seguridad Social va a someter a control la compensación sobre las cotizaciones, que hacen las empresas por los pagos que en concepto de Incapacidad Temporal hacen a sus trabajadores como colaboración obligatoria con la Seguridad Social, según una Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Esta actuación se denomina pago delegado pues corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), al Instituto Social de la Marina (ISM) y a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales hacer frente a la baja a partir de los quince primeros días y no a las empresas que corren con el coste de la IT a su cargo hasta ese momento. Para evitar perjuicios a los trabajadores cuando caen enfermos o se accidentan, las empresas pagan la prestación de IT correspondiente y luego lo descuentan de sus cotizaciones.

Hasta la fecha se ejercía un control de gestión sobre los importes compensados, pero no estaban definidos los plazos ni el procedimiento. Es decir, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) comprobaba que las deducciones practicadas en las cotizaciones se correspondían con los importes correspondientes a las bajas por IT únicamente cuando se le comunicaban compensaciones indebidas. Sin embargo, no había establecido ningún procedimiento “que permita asegurar una homogeneidad en la reclamación de los importes indebidamente compensados en concepto de pago delegado por IT que realizan las empresas”.

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