AYUDAS Y SUBVENCIONES

Subvenciones en Madrid en materia de Prevención

La Comunidad de Madrid ha publicado la Orden de 8 de agosto de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, durante la vigencia del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de dicha comunidad, dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Los beneficiarios son:

  • Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen las inversiones o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la región.
  • En el caso de las personas físicas que ejerzan una actividad económica en los supuestos incluidos en el artículo 1 del Estatuto del Trabajo Autónomo, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Las subvenciones esta dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante integración de la prevención en la empresa a través de las siguientes líneas:

  • Línea 1. Adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua, que si bien cumple la legislación vigente presenta menores niveles y prestaciones de seguridad que la adquirida y el achatarramiento de la maquinaria sustituida, excepto las máquinas que se incluyan en las líneas 3,4 y 5 siguientes.
  • Línea 2. Adaptación de equipos de trabajo en base a los requisitos establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
  • Línea 3. Adquisición de equipos de trabajo para zonas clasificadas por riesgo de formación de atmósferas explosivas (zonas ATEX), excepto equipos de protección individual.
  • Línea 4. Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada.
  • Línea 5. Adquisición de equipos de trabajo motorizados para el traslado, transporte y almacenamiento de cargas o adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de trabajos en altura por trabajadores.
  • Línea 6. Diseño, instalación y verificación de equipos de protección colectiva o líneas de vida fijas en cubierta.
  • Línea 7. Adquisición de torres de trabajo móviles para microempresas.
  • Línea 8. Formación teórica y práctica de extinción de incendios dirigida a trabajadores de pymes.
  • Línea 9. Actividades encaminadas a potenciar los recursos propios en las modalidades preventivas adoptadas por las empresas.

El plazo para la solicitud para las subvenciones está abierto desde el 30 de agosto y hasta el 21 de noviembre de 2022.