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Justicia
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El TSJ de Andalucía respalda la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la justificación del permiso por hospitalización

¿Debe justificarse la causa del permiso retribuido por enfermedad grave u hospitalización durante toda su duración?

Una reciente sentencia aclara la interpretación del permiso retribuido de 5 días laborables regulado en el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores. Este caso de conflicto colectivo, que afecta a varios centros de trabajo en la provincia de Andalucía, destaca que permiso tiene una naturaleza estrictamente causal.

El fallo judicial destaca que, además de la justificación inicial al comenzar el permiso, es necesario acreditar la causa durante toda su duración, especialmente cuando el disfrute del permiso se ve interrumpido por días no laborables. De esta forma se garantiza que el permiso siga cumpliendo su finalidad de atender necesidades concretas y reales.

¿Cuál es el motivo del conflicto?

El conflicto consiste en determinar si es necesario justificar la causa del permiso retribuido por enfermedad grave u hospitalización de manera continua, es decir, si se debe acreditar la causa no solo al inicio del permiso, sino también durante todo su disfrute, especialmente cuando este se interrumpe por días no laborables.

¿Qué establece el artículo 37 del ET?

Permite ausentarse a los trabajadores hasta 5 días con derecho a remuneración en los siguientes casos:

  • Accidente o enfermedad grave.
  • Hospitalización o intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario.
  • Para atender al cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado o personas convivientes que necesiten cuidado efectivo.

El permiso está condicionado a la solicitud previa y la justificación de la causa que lo motiva.

¿Qué estaba exigiendo la empresa demandada?

La empresa demandada solicitaba lo siguiente:

  1. Justificación de la causa previo aviso y al iniciar el permiso de 5 días.
  2. Justificación adicional si el permiso se interrumpía por días no laborables. Es decir, si un trabajador solicitaba el permiso en un día laborable y este se interrumpía por el fin de semana, el trabajador tiene que acreditar nuevamente que la persona en cuestión sigue hospitalizada o requiere reposo domiciliario al reanudar el permiso.

¿Se sometió el conflicto a la Comisión Paritaria del convenio?

Sí, pero no se alcanzó un acuerdo en la reunión del 20 de marzo de 2024.

¿Qué dice la jurisprudencia sobre este permiso?

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para resolver el caso se apoya en la jurisprudencia unificada del Tribunal Supremo (sentencias de 12/07/2018, 17/03/2020 y 14/01/2021):

  • Es un permiso para atender situaciones de necesidad y conciliación.
  • Puede disfrutarse hasta un máximo de 5 días siempre que la causa persista.
  • No puede usarse para fines ajenos, como ocio o asuntos propios, ya que esto podría ser considerado fraude o abuso de derecho.

¿Cómo interpreta el TSJ de Andalucía el disfrute del permiso retribuido?

Según el TSJ de Andalucía, el permiso retribuido es causal o finalista, vinculado a la necesidad de atención que lo origina. Por lo tanto:

  • El trabajador debe justificar la causa durante todo el periodo del permiso.
  • Si la causa deja de concurrir, el permiso no puede continuar.

¿Cuál es la decisión judicial en este caso concreto?

La demanda planteada por varios sindicatos se desestima por varios motivos:

  • La exigencia de la empresa de justificar la causa al reiniciar el permiso tras interrupciones es conforme a derecho.
  • El tiempo del permiso está vinculado a la continuidad de la causa que lo justifica.
  • No hay vulneración de ninguna norma legal por parte de la empresa. La exigencia de la empresa de justificar la causa al reinicio del permiso tras la interrupción es conforme a derecho.

El Tribunal concluye que procede “desestimar la pretensión finalmente formulada por la actora en el acto del juicio, pues ello significa desvincular el disfrute de la duración máxima del permiso de la causa que lo justifica, ya que aunque es cierto que, conforme a la doctrina jurisprudencial aludida, la causa que da razón de ser al permiso retribuido debe ser entendida en sentido expansivo y flexible, ello no es óbice para que el trabajador deba justificar la concurrencia de la causa durante todo el período de duración de disfrute del permiso, máxime en los supuestos como el presente caso en que dicha justificación únicamente se exige por la empresa cuando el disfrute se haya visto interrumpido durante los días no laborables, exigiéndosela justificación al reinicio de la actividad tras la finalización de dichos días no laborables”.

Fecha sentencia
Outubro 2024
Nº de recurso
13/2024
STSJ_AND_15385_2024

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