El impacto humano y jurídico del accidente laboral mortal, analizado en un nuevo “Encuentros con la Mutua”

Encuentros con la mutua
Autor
Fraternidad-Muprespa

Fraternidad-Muprespa retomó este jueves sus webinar “Encuentros con la Mutua”, espacio técnico y práctico de sesiones especializadas impartidas por profesionales de la entidad y centradas en profundizar en aspectos normativos vinculados a temas de interés que forman parte del día a día de empresas y asesorías.

En esta ocasión, el eje de la jornada fue muy sensible: “Accidente laboral con resultado de fallecimiento y acción protectora de la Mutua”. Presentó la sesión Silvia Vela, directora del departamento de Comunicación y Relaciones Institucionales de la Mutua, que dio paso a la ponente, Alejandra Alonso de Castañeda, jefa de área de contingencia profesional del Departamento de Prestaciones Económicas, donde recaló hace diez años tras ejercer como letrada especializada en Derecho laboral y de Seguridad Social.

 

Obligaciones del empleador y activación del procedimiento

Alonso de Castañeda inició su intervención ante las cerca de 400 personas asistentes destacando la excepcional gravedad del tema: “Vamos a abordar el peor accidente de trabajo que podemos sufrir o que podemos encontrar, que es el que termina con el fallecimiento de la persona trabajadora”, destacando que un accidente mortal, además de la pérdida irreparable de una vida, desencadena un conjunto de efectos jurídicos y económicos, y activa la acción protectora del sistema de Seguridad Social.

La ponente recordó que, ante un accidente laboral mortal, el empleador debe comunicar el hecho a la autoridad laboral provincial en un plazo máximo de 24 horas naturales, una comunicación que no condiciona la calificación posterior del accidente: “recomendamos comunicar aunque exista duda. Esta comunicación no supone que estemos presuponiendo que es un accidente de trabajo”.

Tras recibir el parte, la mutua abre expediente de prestaciones por muerte y supervivencia y activa un procedimiento en dos fases, la calificación del accidente y el análisis de las prestaciones solicitadas por la familia, que pueden ser de: auxilio por defunción, viudedad, orfandad, subsidio temporal e indemnizaciones especiales a tanto alzado. 

Prestaciones, acompañamiento y jurisprudencia reciente

Subrayó la importancia del acompañamiento en un momento especialmente delicado en el que las familias se encuentran desbordadas. ”Intervenimos para ayudar a recopilar documentación y acompañar en el proceso”, apuntó.

También explicó la diferencia entre la pensión y la indemnización especial: “La indemnización especial a tanto alzado la pagan las Mutuas directamente y se recibe muy pronto. La pensión lleva otro trámite y se abona por parte del INSS, aunque con efectos retroactivo”.

También se dedicó un bloque del webinar a explicar jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo sobre requisitos para acceder a la pensión de viudedad cuando no hay vínculo matrimonial. Recordó que la ley exige tres requisitos simultáneos: estar unidos como pareja de hecho en el momento del fallecimiento, no haber constituido otra unión previa y acreditar la inscripción en un registro oficial con al menos dos años de antigüedad, además de una convivencia mínima de cinco años.

Citó la sentencia 120/2024, de 25 de enero, sobre una mujer reconocida como víctima de violencia de género, la 158/2026, de 11 de febrero, sobre otra mujer, también víctima de violencia de género, que pedía ser dispensada del requisito de inscripción en el registro de parejas de hecho, y un tercer supuesto especialmente llamativo: una pareja que convivió más de veinte años y tenía autorización para casarse ante notario tres días antes de la declaración del estado de alarma por la pandemia. El enlace no pudo celebrarse y uno de los miembros falleció durante el confinamiento. En este caso, el Supremo sí aplicó una dispensa excepcional, al considerar que la imposibilidad de formalizar la unión fue consecuencia directa de una situación extraordinaria. 

La sesión, que finalizó con las respuestas de la ponente a varias preguntas trasladadas por varios asistentes, permitió a empresas y profesionales conocer en detalle los procedimientos, obligaciones y mecanismos de protección que se activan en un accidente laboral mortal, así como las competencias de la mutua en la gestión de estas prestaciones.

Silvia Vela cerró el encuentro agradeciendo la presencia de los asistentes e invitando al próximo webinar, que tendrá lugar el próximo 8 de octubre.

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