Claves en materia de prevención en la última modificación del convenio de la construcción
El pasado 10 de diciembre se ha publicado la última modificación de VII Convenio General del Sector de la Construcción, que en nuestro ámbito de la seguridad laboral incorpora tres cambios relevantes en la estructura preventiva del sector, afectando a la formación, a la acreditación competencial y a la gestión de riesgos emergentes.
En primer lugar se incorpora una reordenación completa de la formación y las convalidaciones en PRL (Art. 148 y Anexo XIII). El texto actualiza integralmente el marco formativo asociado a la prevención dentro del sistema de Formación Profesional adaptándolo a la Ley 3/2023. Así por ejemplo se integración de la formación preventiva dentro de los nuevos ciclos FP y los ciclos D (grado medio y superior) de la familia de Edificación y Obra Civil incluyen de manera integrada la formación específica en PRL. Por su parte Los ciclos C (certificados profesionales de nivel 1, 2 y 3) garantizan la adquisición del Nivel Básico de Prevención en Construcción (NBPC) cuando incorporan la unidad de competencia.
El segundo punto destacado es la creación de una comisión sectorial sobre sílice cristalina respirable, encargada de identificar actividades del sector con su presencia e impacto en la salud, así como proponer medidas preventivas técnicas y organizativas aplicables en obra y en procesos industriales asociados.
Por último se establece un nuevo marco para estudiar coeficientes reductores de jubilación por penosidad, y aunque no es estrictamente preventivo tiene fuerte relación con la gestión de riesgos laborales en actividades especialmente penosas, tóxicas o peligrosas. El convenio crea una comisión sectorial que analizará qué oficios podrían justificar coeficientes reductores de jubilación por condiciones de trabajo especialmente dañinas.