Salud laboral en el convenio de la industria de la tecnología y los servicios del sector metal

Normativa
Autor
Boletín Oficial del Estado (BOE)

El Boletín Oficial del Estado publicó el día 19 de diciembre la Resolución de 11 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal.

Un convenio de aplicación en el ámbito funcional del sector del metal que comprende a todas las empresas y trabajadores que realizan su actividad tanto en procesos de fabricación, elaboración o transformación, como en los de montaje, reparación, conservación, mantenimiento, almacenaje o puesta en funcionamiento de equipos e instalaciones industriales, que se relacionen con el sector del metal.

Asimismo quedan integradas en el campo de aplicación de este convenio actividades y productos de metalurgia, siderurgia,  automoción y sus componentes, construcción naval y su industria aeroespacial entre otros, que se encuentran detallados en el artículo dos del mismo.

Las actividades a realizar en materia de seguridad y salud se recogen el capítulo XVI sobre normas mínimas en materia de prevención con desarrollo específico de principios generales, evaluación de riesgos, vigilancia y protección de la salud, delegados de prevención, comité de seguridad  y salud, coordinación de actividades empresariales, situaciones especiales de riesgo, operaciones que suponen manejo manual de cargas o prendas de trabajo y equipos de trabajo, entre otros.

En Fraternidad-Muprespa estamos comprometidos con mejorar la seguridad en el trabajo y conseguir la reducción de la siniestralidad de nuestros mutualistas, por eso, ponemos a tu disposición el Catálogo de prevención de riesgos laborales donde puedes encontrar todas las actividades, proyectos y servicios que ofrecemos para nuestras empresas asociadas en el ámbito de la prevención.

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