Salud laboral en el sector de la fabricación de harinas panificables y sémolas

Normativa
Autor
Boletín Oficial del Estado (BOE)

La protección de la seguridad y salud en el trabajo es un objetivo prioritario de la legislación laboral y de cualquier sector de actividad, por ello los convenios colectivos recogen habitualmente capítulos específicos dedicados a esta materia.

El pasado miércoles día 17 de junio de 2020 el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 4 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para el sector de harinas panificables y sémolas.

Un convenio de aplicación en el ámbito funcional de las empresas dedicadas a la fabricación de harinas y sémolas y de aplicación a todas las personas trabajadoras que presten servicios en los centros o lugares de trabajo de las empresas incluidas en su ámbito funcional, sea cual fuere la actividad principal y forma jurídica de las empresas de las que dependan.

Las actividades a realizar en materia de seguridad y salud o prevención se recogen en los artículos 21 sobre enfermedad y accidentes, artículo 23 sobre prendas de trabajo y todo el capítulo V dedicado a la seguridad y salud en el trabajo con articulado detallado sobre salud, seguridad, servicios de higiene, reconocimiento médico, penosidad y toxicidad.

En Fraternidad-Muprespa estamos comprometidos con la seguridad en el trabajo y la reducción de la siniestralidad de nuestros mutualistas y para ello ponemos a tu disposición y en versión digital nuestro Catálogo de prevención de riesgos laborales donde puedes encontrar todas las actividades, proyectos y servicios que ofrecemos para nuestras empresas asociadas en el ámbito de la prevención.

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