Retorno seguro a las aulas. Preguntas y respuestas 11/12/2020

No hemos encontrado directrices ministeriales específicas al respecto. En el caso de que alguna comunidad autónoma regule de manera específica este apartado, se deberán seguir sus indicaciones.

Como criterio preventivo recomendamos trasladar lo menos posible el material escolar para evitar su contaminación cruzada. No obstante es difícil evitar estos traslados en el día a día cuando el material de apoyo son libros y cuadernos. Recomendamos insistir en la concienciación del alumnado para que observe las medidas básicas de prevención y limpieza en el traslado y uso de este material escolar.

Respecto a las mochilas de extraescolares, si se autoriza el acceso de las mismas, recomendamos que sigan las mismas normas que se aplicaran a las mochilas escolares, que cada centro habrá definido en su Plan de Contingencia.

 

Sí, siempre que se desinfecte para que lo use otra persona.

Sí. Se utilizarán como se determine en el Plan de Contingencia de cada centro, que habrá sido determinado en función de sus características (nº de alumnos, edades, aseos disponibles, dimensiones, ubicaciones, etc.) y con las directrices, si la hay, de cada Comunidad Autónoma.

A nivel ministerial únicamente hay una indicación referida a Educación Especial donde indica que “Se asignará un aseo por cada 1-2 grupos, si es posible. Si no, se intensificará la limpieza y desinfección.” (documento “Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021  versión 22-06-2020)

Se deben cumplir los protocolos de limpieza establecidos, y mantener la dotación de material para limpieza y secado de manos.

Deben primar las estrategias que garanticen la limitación de contactos manteniendo la distancia de seguridad (por ejemplo, asignando aseos a grupos concretos en horarios determinados, limitando aforos o anulando el uso de cabinas o lavabos próximos)  y que favorezcan la higiene personal.

Actualmente, sí, a partir de 6 años. El Ministerio establece la obligación del uso de mascarilla tanto en los lugares cerrados como al aire libre aunque se pueda mantener la distancia de seguridad, a partir de 6 años.

Preventivamente, el uso de mascarilla evita que las microgotículas puedan depositarse en las superficies y éstas se conviertan en un foco de contagio y también reducimos la creación de aerosoles.

Hay que remitirse a la lista de productos virucidas autorizados en España publicada por el Ministerio de Sanidad, donde aparece la composición de cada producto y si es de uso general o profesional.

El Sanytol está incluido en dicha lista. En cualquier caso, recomendamos consultar directamente con el fabricante o distribuidor o, en su caso con la contrata de limpieza, la ficha de seguridad del producto, sus indicaciones de uso y de tiempo de aplicación.

 

Desde el punto de vista preventivo, no es conveniente.En el caso de que se permita, recomendamos evitar productos a granel y extremar las medidas de higiene en el reparto y consumo de los productos.

Aplicando el principio de prudencia, cualquier sospecha de especial vulnerabilidad debe ser consultada con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

El Servicio de Prevención de riesgos laborales determinará la vulnerabilidad en cada caso concreto conforme indica el documento “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS‐CoV‐2 ”.  A fecha de esta revisión (11-12-2020) está vigente la versión 7 de octubre del documento. Se recomienda comprobar la versión que sea de aplicación en cada momento.

Aplicando la medida básica de limpieza de manos y observando la conducta segura de evitar tocarse las mucosas, se minimiza el riesgo de contagio en la manipulación de este material. El uso añadido de una pantalla facial ayuda a evitar tocarse la cara.

Se utilizarán como se determine en el Plan de Contingencia de cada centro, que habrá sido determinado en función de sus características (nº de alumnos, edades, aseos disponibles, dimensiones, ubicaciones, etc.) y con las directrices, si la hay, de cada Comunidad Autónoma. A nivel Estatal, únicamente hay una indicación referida a Educación Especial donde indica que “Se asignará un aseo por cada 1-2 grupos, si es posible. Si no, se intensificará la limpieza y desinfección.” (documento “Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021  versión 22-06-2020)

Deben primar las estrategias que garanticen la limitación de contactos (por ejemplo, asignando aseos a grupos concretos en horarios determinados y limitando aforos)  y que favorezcan la higiene personal.

Salvo que una normativa específica indique lo contrario, aplicando los principios básicos de prevención, se debería utilizar mascarilla para cantar, con el objeto de evitar la dispersión en el ambiente de gotículas o aerosoles, salvo que se garantice una distancia de seguridad suficiente y una renovación de aire (ventilación) efectiva del lugar donde se realiza

 

Se debe priorizar la utilización de instrumentos de uso exclusivo para cada alumno/o, y recomendamos específicamente no compartir los instrumentos de viento. Si los instrumentos son compartidos, se debe garantizar su desinfección con productos virucidas autorizados.

 

En Cantabria, por ejemplo, se estableció a finales de agosto (https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=353219):

En las Enseñanzas de Música y Danza será obligatorio el uso de mascarilla y se mantendrá la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros. En las especialidades de viento, en los momentos de práctica con instrumento que hagan inviable el uso de mascarilla, será necesario una distancia interpersonal de al menos 3 metros. Si no es posible, se utilizarán mamparas u otros elementos de separación.

En caso de compartir instrumentos musicales (piano, percusión…) y otros recursos, habrán de extremarse las medidas de higiene y prevención (como la higiene de manos) y realizar una limpieza entre el uso de un grupo y otro. En ningún caso se compartirán instrumentos de viento.

Por su parte,  la Junta de Castilla y León ha elaborado la “Guía para los conservatorios de música en situación de pandemia por COVID-19” (sin fecha explícita en el documento), que marca unas medidas preventivas que pueden servir de referencia, en clases de música o canto, en ausencia de medidas de carácter nacional o de cada autonomía. Se pueden consultar el pdf en http://conservatorioleon.centros.educa.jcyl.es/sitio/upload/GUIA_PARA_CONSERVATORIOS_DE_MUSICA_FINAL.pdf en el sitio http://conservatorioleon.centros.educa.jcyl.es/sitio/

La pregunta es abierta y requeriría una contestación demasiado extensa. Las directrices ministeriales en materia educativa no abordan específicamente este tema. 

Actualmente, las directrices genéricas imponen el uso obligatorio de mascarilla durante la estancia en los centros escolares, salvo las excepciones aceptadas normativamente entre las que se encuentran la realización de ejercicio físico (nosotros entendemos que ejercicio físico intenso). Preventivamente, se debe aplicar el principio básico de limitación de contactos (actividad individual y con distancia de seguridad) y la realización de la actividad en espacios al aire libre o bien ventilados. También insistir en las medidas de higiene personal y la observación de la conducta segura de evitar tocarse las mucosas durante la actividad.

Recomendamos la lectura del documento publicado el 16-09-2020 por el Gobierno de Canarias, que aborda en profundidad este asunto,Orientaciones para una EDUCACIÓN FÍSICA segura y de calidad en los centros educativos de Canarias. Curso 2020-2021”, que, a su vez, está basado en el documento del COLEF (Consejo General de Educación Física y Deportiva) “Recomendaciones docentes para una Educación Física escolar segura y responsable ante la “nueva normalidad”.

Según los Ministerios de Sanidad y Educación, la mascarilla indicada para población sana será la de tipo higiénico y, siempre que sea posible, reutilizable.

En el caso del profesorado, también de tipo higiénico, excepto si se indica otro tipo por parte del servicio de prevención de riesgos laborales.

Si aparece un caso sospechoso, se le colocará una mascarilla quirúrgica y a la persona acompañante también.

Excepcionalmente, cuando el niño/a que ha iniciado los síntomas no pueda ponerse la mascarilla quirúrgica por cualquier motivo (por ejemplo: niños/as menores de 6 años que no la toleren, personas con problemas respiratorios, que tengan dificultad para quitarse la mascarilla por sí solas o que tienen alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización) la persona que lo acompañe para atenderle se colocará una mascarilla FFP2 sin válvula, además de una pantalla facial y una bata desechable.

En la actualidad, el uso de mascarillas de fabricación casera está desaconsejado y las todas las mascarillas deben cumplir con las certificaciones correspondientes a su categoría.

El tiempo de uso dependerá de las instrucciones del fabricante. Por cuestiones de comodidad e higiene se suele recomendar no usar la mascarilla durante más de 4 horas.Si son reutilizables, el fabricante indicará el número máximo de lavados.

El centro contará con mascarillas quirúrgicas para utilizar en el caso de que alguien inicie síntomas, y mascarillas higiénicas para el profesorado y para poder reponer las mascarillas del alumnado, en caso de necesidad u olvido.

También dispondrá de FFP2 y pantalla para los casos en los que el caso sospechoso no puede ponerse la mascarilla (descrito más arriba).

No hemos encontrado una referencia específica para este aspecto.

Si el docente se desplaza en la misma jornada de un centro a otro, se deben seguir las normas de seguridad básicas que se exigen para el medio de transporte utilizado.

En los accesos a cada centro cumplirá las medidas específicas de desinfección que se hayan establecido, y si una vez dentro se siguen los protocolos, se suponen muy poco probables las situaciones de contagio cruzado.

En el caso de que un docente haya sido calificado como contacto estrecho en un centro, deberá notificarlo al resto de los centros donde realiza su actividad para activar los protocolos de gestión de casos.

En Cantabria, por ejemplo, se estableció a finales de agosto (https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=353219):

En las Enseñanzas de Música y Danza será obligatorio el uso de mascarilla y se mantendrá la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros. En las especialidades de viento, en los momentos de práctica con instrumento que hagan inviable el uso de mascarilla, será necesario una distancia interpersonal de al menos 3 metros. Si no es posible, se utilizarán mamparas u otros elementos de separación.

En caso de compartir instrumentos musicales (piano, percusión…) y otros recursos, habrán de extremarse las medidas de higiene y prevención (como la higiene de manos) y realizar una limpieza entre el uso de un grupo y otro. En ningún caso se compartirán instrumentos de viento.

Por su parte,  la Junta de Castilla y León ha elaborado la “Guía para los conservatorios de música en situación de pandemia por COVID-19” (sin fecha explícita en el documento), que marca unas medidas preventivas que pueden servir de referencia, en clases de música o canto, en ausencia de medidas de carácter nacional o de cada autonomía.

Se pueden consultar el pdf en http://conservatorioleon.centros.educa.jcyl.es/sitio/upload/GUIA_PARA_CONSERVATORIOS_DE_MUSICA_FINAL.pdf en el sitio http://conservatorioleon.centros.educa.jcyl.es/sitio/

Se debe remitir al protocolo específico de cada comunidad autónoma, que debe concretar las actuaciones recogidas en la “Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID19 en centros educativos”.

A fecha de esta revisión, la versión vigente de la guía indica:

  • El alumno debe ser acompañado a la sala COVID por un profesor, ambos con mascarilla quirúrgica.
  • El centro llamará a los progenitores, e iniciará el protocolo con su servicio público de salud o centro de referencia.
  • Hasta confirmación de caso positivo o negativo, la actividad de la clase continúa.
  • También permanecerán en el domicilio los hermano/as del caso sospechoso escolarizados en el mismo centro o en cualquier otro, hasta el resultado de las pruebas, por ser contactos familiares convivientes.

Por supuesto, en caso de confirmación del positivo de un alumno sospechoso, todos los convivientes son contacto estrecho, por lo que deben pasar a cuarentena los días que indique la autoridad sanitaria.

A fecha de esta revisión, la versión vigente de la guía (24 septiembre) indica que los hermanos de los casos sospechosos también deben permanecer en cuarentena hasta el resultado de la prueba diagnóstica.

 

En los accesos al aula burbuja se deben extremar las medidas de higiene, especialmente en los grupos de hasta 6 años que no llevan mascarilla.

Extremar limpieza de manos, y procurar evitar la cercanía excesiva con los alumnos.

En nuestra opinión técnica, en alumnos de infantil, se considera necesario una desinfección del calzado previo al acceso al aula, como alfombrilla empapada de desinfectante, u otras medidas equivalentes como cambio de calzado, o uso de peucos (cubrezapatos) de plástico, que son de un solo uso.

El servicio de prevención de riesgos laborales puede valorar en cada caso concreto el uso de mascarilla FFP2 para intensificar la protección respiratoria.

No. La pantalla facial es un buen complemento de protección si se utiliza junto con la mascarilla, pero no la sustituye.

Solamente en los casos en los que hay exención de utilizar mascarilla, se puede plantear la utilización de la pantalla facial como protección mínima ante la proyección de gotículas, siempre y cuando su utilización no mantenga los riesgos o incomodidades de la mascarilla creaba en estos casos.

 

 

 

 

Sí. Siempre que ambas partes utilicen mascarilla y una adecuada higiene de manos (antes y después), y eviten el contacto directo y reduzcan el tiempo de interacción al mínimo posible (se recomienda inferior a 15 minutos).

Seguir las recomendaciones generales del ministerio de transportes o cualquier otro organismo autonómico o local con competencias en la materia.

Al respecto, en este enlace hay una breve descripción de medidas preventivas e infografía del Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agencia Urbana: Consejos y recomendaciones para un desplazamiento seguro al trabajo

 

Las medidas deberán haber sido estudiadas en el plan de contingencia de cada centro en función de sus características, tanto estructurales de las salas como del volumen de usuarios de estos servicios.

Existen una serie de medidas de carácter general (relación no exhaustiva):

  • Estas salas deberán tener un aforo limitado, que debe estar señalizado.
  • Deben disponer de gel hidroalcohólico en el acceso.
  • Deben permanecer ventiladas
  • Se debe desinfectar tras cada turno y al finalizar el servicio.

Comedor:

  • Las mesas deberán estar organizadas de manera que se mantengan las distancias de seguridad establecidas. Tomar medidas para asegurar este cumplimiento, como tener bloqueadas o retirar directamente las sillas que por ocupación no deben ser usadas.
  • Siempre que sea posible, mantener asientos fijos para cada alumno.
  • Es obligatorio el uso de mascarilla a todo el personal que atienda los comedores. Deberán llevar preferiblemente el cabello recogido.
  • Los alumnos, una vez sentados a comer, pueden retirarse la mascarilla durante la comida, pero deben colocársela al acabar.
  • El alumnado que pertenezcan a un grupo de convivencia estable podrá sentarse a la mesa juntos, pero manteniendo la distancia de seguridad con el resto de grupos.

Clases de madrugadores:

  • Siempre que la situación lo permita, sería recomendable respetar en estas clases los grupos de convivencia de la jornada lectiva. Romper esos grupos de convivencia, además de dificultar el control de contactos, implicaría multiplicar sustancialmente los casos estrechos que habrían de guardar cuarentena ante un positivo.
  • En el caso de que en un mismo espacio se acoja a alumnado de distintos grupos estables y/o con alumnos de otros niveles, estos grupos habrán de estar separados por una distancia de seguridad amplia (en alguna comunidad autónoma se ha extendido a 3 metros).
  • Recomendamos mantener la distancia de al menos 1,5 metros entre  los alumnos/as que no formen parte de grupos estables.
  • Se deberán limpiar y desinfectar los espacios utilizados como clases de madrugadores después de su uso y, en todo caso, antes del inicio de la jornada lectiva Recomendamos que sean salas especialmente bien ventiladas y, mientras el tiempo lo permita, se puede valorar usar el patio o cualquier otra zona al aire libre o lo más grande y diáfana posible.

 

Se debe concretar el nivel de riesgo de dicha actividad en el plan de contingencia y el plan de limpieza del centro.

En los Planes de Contingencia y de Limpieza del centro se habrán determinado estas protecciones, tras evaluación realizada por el Servicio de Prevención.

Respetando el criterio del Servicio de Prevención, en general sería recomendable que se mantuvieran como mínimo las mismas medidas de seguridad que se han seguido cuando han estado usando la sala el alumno y el profesor.  Se recomienda que dicho trabajo de limpieza se realice con, como mínimo guantes de usar y tirar y mascarilla quirúrgica, si el alumno ha permanecido con mascarilla durante el tiempo de espera, y con  bata, pantalla facial, guantes desechables y mascarilla FFP2, en el caso de que el alumno sintomático haya permanecido en la sala sin protección respiratoria,

Desde el enfoque preventivo, no solo se puede, sino que se debe. Otra cuestión es si existe una norma jurídica que se exprese en sentido contrario (no tenemos constancia). 

Las directrices ministeriales son claras en lo que respecta a la obligatoriedad del uso de mascarilla a partir de los 6 años. Además, el colegio podría incluir en las normas de convivencia esta cuestión. Algunos centros que han requerido a los padres la firma de la declaración responsable han incluido en la misma que el alumno/a conoce las medidas preventivas del centro y expresa su compromiso de estricto cumplimiento de las mismas.

Actualmente el uso de la mascarilla es obligatorio a partir de 6 años de edad con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico. Por lo tanto, en el recreo se debe usar mascarilla.

Respecto a la clase de educación física, consultar la pregunta ¿Qué ocurre con la educación física y la prevención del COVID?

Corresponde a los médicos de servicio público de salud, la atención sanitaria y la emisión de los partes médicos de baja, confirmación y alta, tanto en los supuestos de contagio como en los supuestos de cuarentena o aislamiento.

En la guía ministerial de actuación ante la aparición de casos de covid-19 en centros educativos (versión 24 de septiembre), se indica:

No obstante, a fecha de esta revisión, la versión vigente (12 de noviembre) del documento “Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de covid19”, en su apartado D punto 2, menciona lo siguiente en referencia a los convivientes de un caso sospechoso: “Ante cualquier caso sospechoso, está indicado iniciar la identificación y control de sus contactos estrechos convivientes, recomendándoles evitar interacciones sociales”.

No hay una directriz ministerial específica sobre los columpios, aunque la indicación general es la de no compartir materiales. En el ámbito comunitario, las autoridades autonómicas y locales están volviendo a cerrar zonas públicas de esparcimiento infantil.

En sentido contrario, también podríamos valorar si  la reducción del riesgo que supone la medida preventiva indiscriminada de evitar el uso de los columpios compensa el aspecto negativo de privar a los más pequeños del disfrute de elementos lúdicos que contribuyen a su bienestar emocional.

La magnitud del riesgo de contagio que supone el uso de los columpios dependerá de sus dimensiones, de su ubicación (zona ventilada o no), del grado de cumplimiento de los principios básicos de prevención (columpios desinfectados antes y después de su uso, si se usa o no mascarilla, higiene de manos, evitar las aglomeraciones, evitar el contacto físico directo) y de que los niños cumplan las conductas seguras (evitar tocarse la cara, evitar dispersar gotículas en el ambiente, etc.). Dada su edad, el mantenimiento de estas medidas y de las conductas seguras requerirá probablemente de un control continuo por parte de sus tutores.

  

Son dos técnicas totalmente diferentes, y que pueden aportar resultados en tiempos de evolución de la enfermedad distintos, aparte de posibles errores en tomas de muestras, etc.

La PCR nos sirve para detección temprana y seguimiento/evolución de enfermedad activa, hasta su fase de curación.

La Serología nos da información presente y pasada, de infección ya superada, pero es mal indicador en fases muy tempranas, presintomáticas. Muy útil para conocer porcentajes de población que han superado la enfermedad.

Podemos tener Serología Positiva y ser negativos en PCR porque responden tiempos diferentes, y no detectan lo mismo. Por eso se deben valorar y seguir las indicaciones del profesional sanitario que lleve nuestro caso.

La tabla resumen de abajo permite observar las diferentes situaciones que nos podemos encontrar con los resultados de pruebas PCR y serológicas.

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Añadimos enlace web a una publicación del ministerio de Sanidad, que explica la interpretación de la prueba diagnóstica. Interpretación de las pruebas diagnósticas frente a sars-cov-2 24de abril de 2020

Si tienes la IG-G positiva, ¿puedes volver a enfermar e infectar?

La comunidad médica todavía no ha alcanzado una conclusión unánime.

A fecha de esta revisión, la versión vigente (12 de noviembre) del documento “Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de covid19”, indica en su apartado D punto 1: “Las personas que ya han tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2 los 3 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena”.

En cualquier caso, las personas que han superado la enfermedad están obligadas a mantener las mismas medidas de prevención establecidas para el ámbito comunitario.

Los síntomas asociados al COVID-19 son muy variados, aunque los más frecuentes en la infancia y adolescencia son fiebre, tos, dificultad respiratoria, dolor de garganta y diarrea. Además, la falta de gusto y/o olfato son síntomas frecuentes. Otros síntomas como escalofríos, dolor de cabeza o muscular y debilidad general también se han asociado a la enfermedad.

La Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria considera que a partir de 37,5º C debe considerarse un caso de fiebre y motivo para no acudir a la guardería, colegio o instituto.

De todos modos, autonomías como Madrid (con 37,2) y País Vasco (37) han incluido expresamente la febrícula como motivo para no acudir al centro educativo.

En caso de duda es siempre recomendable no llevar al niño al centro escolar hasta que el médico de atención primaria determine.

Ver pregunta “¿Hay baja laboral por ser contacto estrecho de hijo contagiado o sospechoso?”. Esta pregunta corresponde al caso particular de un padre con hijo sospechoso de contagio.

No hay una directriz ministerial específica que mencione la obligación de desinfección de calzado en el acceso a los centros. En caso de regulación autonómica, se deberá cumplir con ella.

Es una medida preventiva que siempre es positiva, aunque entendemos que tiene especial importancia y que tal vez se debería potenciar más y controlar mejor en las clases de infantil, donde el suelo sí se puede considerar un fómite potencial para los niños, que gran parte de sus actividades las pueden realizar en el suelo. Una medida alternativa podría ser el cambio de calzado en el acceso al aula.

En el caso de profesores auxiliares que se desplazan por las aulas de infantil, se podría utilizar cubrecalzado desechable en el acceso a las mismas.

La pantallas facial es un buen complemento de protección al uso de mascarilla, pero el ministerio solo indica su uso obligado (acompañado de mascarilla FFP2) en el caso del profesor/a que acompañe a un alumno/a caso sospechoso cuando dicho alumno/a no puede llevar la mascarilla quirúrgica.

Esta situación no está contemplada en la guía ministerial de gestión de casos. El colegio y la empresa de transportes deben coordinarse y procedimentar dicho supuesto.

Como todo lo referente a las medidas de limpieza, se debe contemplar en el Plan de limpieza, de forma realista.

En el caso de material de educación física, se debe valorar si el material se va a emplear una sola vez al día o varias veces.

Si es varias veces, puede que sea impracticable que el personal de limpieza repase todo el material empleado entre clase y clase, y lo que está claro es que en ningún caso debe llegar material al alumno sin haberlo desinfectado previamente. Por tanto en estos casos se debería estudiar la posibilidad de que sea el profesor el que realice esta tarea, con la conveniente información y formación al respecto que pueda precisar.

Es conveniente que el equipamiento que el profesor elija para las clases sea de fácil limpieza.

La guía de gestión de casos del ministerio de sanidad para centros educativos indica:

Ante una persona que desarrolle síntomas compatibles con COVID-19 en el centro educativo [...] se le llevará a un espacio separado [...]. El espacio en el que los casos sospechosos esperen, será preferiblemente una sala para uso individual, elegida previamente, que cuente con una ventilación adecuada y con una papelera de pedal con bolsa [...]”.

La sala COVID debe tener las características reflejadas en la guía, pero no quiere decir que en un momento necesario no se pueda usar otra dependencia que cumpla con los mismos criterios.

Es importante organizar una limpieza inmediata de la sala COVID tras la salida de un alumno sospechoso, precisamente para asegurar sus condiciones higiénicas en el caso de volver a usarla.

Se recomienda que los pañuelos desechables que el personal y el alumnado emplee para el secado de manos o para el cumplimiento de las medidas de higiene respiratoria sean desechados en papeleras con bolsa y a poder ser con tapa y pedal.

Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes de látex, etc.) debe depositarse en la fracción resto (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas).

En caso de que un alumno/a o una persona trabajadora presente síntomas mientras se encuentre en el centro educativo, será preciso aislar la papelera o contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados en el espacio de uso individual donde se le haya aislado. Esa bolsa de basura deberá ser extraída y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la fracción resto.

Corresponde a los médicos de servicio público de salud, la atención sanitaria y la emisión de los partes médicos de baja, confirmación y alta, tanto en los supuestos de contagio como en los supuestos de cuarentena o aislamiento.

Cada caso debe ser estudiado indivualmente. Entendemos que el informe médico determinará si el alumno puede acudir al centro. En caso negativo, se habilitarán las medidas alternativas para el seguimiento de las clases que haya establecido cada comunidad autónoma.

A fecha de esta revisión (11-12-2020), en la versión vigente (17 septiembre) del documento “Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la salud frente a COVID19 para centros educativos”,  en su  punto 4 (Gestión de casos), párrafo 12, indica lo siguiente: “El alumnado que presenta condiciones de salud que les hacen más vulnerables para COVID-19 (como, por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodepresión o hipertensión arterial), podrá acudir al centro, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo medidas de protección de forma rigurosa, salvo indicación médica de no asistir”.

En caso de imposibilidad del alumno para asistir de forma presencial,  se habilitarán las medidas alternativas para el seguimiento de las clases que cada comunidad autónoma haya establecido.

 

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