AYUDAS Y SUBVENCIONES

Subvenciones en Galicia en materia de prevención

Fuente: www.xunta.gal

El Diario Oficial de Galicia ha publicado la Orden de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2020.

Entidades beneficiarias:

Línea 1: podrán ser beneficiarias de esta línea las asociaciones sindicales intersectoriales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Línea 2: podrán ser beneficiarias:

  • Las asociaciones empresariales gallegas sectoriales o intersectoriales constituidas sobre regulación del derecho de asociación sindical.
  • Las organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la comunidad.
  • Las fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral.
  • Las asociaciones profesionales de personas trabajadoras autónomas.

Actuaciones subvencionadas:

Línea 1: formación y actividades de asesoramiento y sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales de carácter intersectorial. Realización de acciones formativas y actividades de asesoramiento y sensibilización en relación a la normativa en prevención por parte de los gabinetes técnicos de seguridad y salud laboral de las entidades que resulten beneficiarias.

Línea 2: formación y otras actividades de fomento en materia de prevención de riesgos laborales de carácter sectorial.

Cuantía de las ayudas:

En la línea 1: esta línea tiene un presupuesto de 800.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria.

En la línea 2: ninguna entidad podrá percibir una cuantía que supere los 30.000 euros por la totalidad de las acciones solicitadas.

Por actividad en la línea 1 y 2 el importe máximo de cada curso no podrá exceder del importante resultante de multiplicar 160 euros por el número total de horas impartidas.

Plazo: el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia