AYUDAS Y SUBVENCIONES

Subvenciones en materia de PRL en la Comunitat Valenciana

Fuente: www.dogv.gva.es

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan subvenciones en materia de colaboración institucional, a través de acciones sectoriales e intersectoriales mediante programas o actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2019.

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana ha publicado la Resolución de 7 de marzo de 2019 de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan subvenciones en materia de colaboración institucional a través de acciones sectoriales e intersectoriales mediante programas o actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2019.

Entidades beneficiarias: las organizaciones empresariales y sindicales de la Comunitat Valenciana constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, independientemente de su porcentaje de representatividad, con la única limitación del cumplimiento de los requisitos previstos en las bases reguladoras.

Actuaciones subvencionadas: se consideran actuaciones subvencionables las de difusión, promoción o fomento en materia de prevención de riesgos laborales dirigidas a conseguir una adecuada cultura preventiva en los términos previstos en las bases reguladoras, realizadas por las entidades beneficiarias y llevadas a cabo en el período comprendido entre el día 1 de enero y el día 30 de noviembre de 2019. De forma específica, será subvencionable la realización de acciones consistentes en jornadas, seminarios, talleres, conferencias y demás actuaciones de difusión, dirigidas a personas que prestan sus servicios en centros de trabajo ubicados en la comunidad sobre distintos puntos relacionados con la prevención (cumplimiento normativa, coordinación de actividades, siniestralidad o herramientas TIC en materia de prevención.

Cuantía de las ayudas: la cuantía máxima que puede recibir cada actuación será de 30.000 euros, sin que en ningún caso la subvención pueda ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada. Una misma entidad podrá presentar varias acciones, en cuyo caso, deberá presentar una solicitud por cada acción o actuación

Plazo: el plazo de presentación de solicitudes será desde el día 20 de marzo de 2019 hasta el 2 de abril de 2019, ambos días incluidos.