TSJ de Madrid ratifica indemnización adicional por despido reconociendo daños morales por vulneración de derechos fundamentales
Esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 29 de noviembre de 2023 y número de recurso 448/2023, abordó la situación de una trabajadora que es despedida mientras se encontraba en un litigio con la empresa. En este proceso judicial, la trabajadora buscaba que se le reconociera como empleada indefinida en lugar de temporal.
El Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, dictó sentencia en la que le reconocía a la trabajadora la condición de indefinida no fija, ambas partes impugnaron esta resolución. No obstante, antes de que se dictara una sentencia definitiva, la empresa comunicó la finalización del contrato temporal alegando que la sentencia aún no era firme.
La sala argumenta que la decisión de rescindir el contrato no se basó en el cumplimiento del plazo máximo del contrato, sino en la solicitud de la trabajadora para ser considerada como personal laboral indefinida. Por lo tanto, el tribunal concluye que la empresa actuó con un propósito lesivo hacia el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de la trabajadora.
En este caso específico, el tribunal reconoció a la trabajadora una indemnización adicional de 7.501 euros debido a los daños morales experimentados por la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva.
El fallo sostiene que los hechos probados sobre la conducta empresarial demuestran la existencia de un perjuicio moral para la demandante, respaldando así la compensación adicional solicitada. Respecto al monto de 7.501 euros, el tribunal considera que es adecuado según lo establecido en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, que establece una multa por falta muy grave en el ámbito laboral en ese rango.
La sentencia destaca que esta indemnización no solo repara los perjuicios morales sufridos, sino que también cumple una función preventiva y disuasoria para la empresa.
Además, el TSJM ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social número 21 de Madrid, que declaró el despido como nulo, ordenando la readmisión de la trabajadora y el pago de salarios dejados de percibir desde su cese.
Este pronunciamiento se suma a un número creciente de sentencias que respaldan la indemnización adicional por despido, argumentando daños morales o pérdida de ingresos. Aunque persiste la disparidad en los criterios de los jueces debido a la falta de jurisprudencia, este caso refuerza la tendencia de reconocer compensaciones adicionales en casos similares.