Se acuerda levantar la suspensión del incentivo a empresas que disminuyan considerablemente la siniestralidad
El pasado 31 de julio se celebró una reunión entre el Gobierno, las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y las organizaciones sindicales CCOO y UGT en la que llegaron al: "Acuerdo social para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, la regulación de un nuevo procedimiento de acceso a la pensión de las actividades con elevada peligrosidad y para el mayor aprovechamiento de los recursos de las Mutuas con el fin de recuperar la salud de las personas trabajadoras".
El punto 8 del citado acuerdo trata sobre el BONUS o sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.
Lo más destacado es que se acuerda levantar la suspensión establecida desde 2019 del incentivo a las empresas que disminuyan de manera considerable la siniestralidad y se acuerda un nuevo sistema basado en la evolución de la siniestralidad que exige la realización de inversiones en materia de prevención para su reconocimiento.
- Se articula un mecanismo objetivo mediante el que se otorga a cada empresa una calificación de siniestralidad de accidente de trabajo y enfermedad profesional, y que va a ser determinante, junto a la necesaria realización de inversiones en materia de prevención, del derecho a la percepción del incentivo y de su cuantía.
- Para el reconocimiento del incentivo, se contrastarán los datos de siniestralidad de cada empresa con los límites establecidos para su actividad económica. Estos límites se establecen respecto a la siniestralidad general (prestaciones de IT de contingencias profesionales) y a la siniestralidad extrema (fallecimientos y reconocimientos de Incapacidad Permanente) establecidos según su actividad económica para comprobar si se superan o no los mismos.
- En caso de no superarse estos límites, la empresa mejorará un valor en la clasificación (A, B, C y D) o se mantendrá en la clasificación máxima A.
- Se causará derecho al incentivo (4%) al mejorar de calificación y al incentivo mejorado (8%) si se mantiene en la calificación máxima. Si se superasen los límites, se reducirá un valor en su clasificación o se mantendrá en la clasificación mínima D, lo que determinará la imposibilidad de acceder al incentivo en tanto se mantenga esta clasificación.
En nuestra página web Previene disponemos de una sección temática dedicada al sistema Bonus de Reducción de cotizaciones por disminución de la siniestralidad laboral que se puede consultar en este enlace.