Boletín de xaneiro

Este mes publicamos os resultados das enquisas realizadas aos subscritores do boletín Presente Laboral, confirmando o valor do noso contido como recurso de interese para profesionais e empresas ao recibir unha valoración global de 8,86 sobre 10 (ler). Tamén publicamos a nova da inauguración do exposición "Poderíase evitar a traxedia do Titanic?" no Parque Científico de Granada xunto coa Fundación AXA e o Instituto Andaluz de Prevención de Riscos Laborais (ler) e o novo código electrónico de prevención (ler) no noso portal Previene.

Nela Área xurídica Dende o Blog do Asesor publicamos dous frases de interese. No primeiro, o TSJ de Madrid condena á empresa por vulnerar o dereito fundamental á integridade física dun traballador sometido a sobrecarga laboral e estrés. (ler), e na segunda, o TSJ de Andalucía, Ceuta e Melilla confirma a inadmisión do despedimento dun traballador que compaxinaba o traballo por conta propia durante a súa xornada laboral. (ler).

Todo este contido e moito máis está incluído na sección Contámosche / Escoitámosche dentro do Blog de asesores

 

Área Legal
Justicia
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Fraternidad-Muprespa

La sentencia confirma la extinción indemnizada del contrato por condiciones de trabajo abusivas, acoso y sobrecarga de trabajo que afectaron la salud de la empleada, imponiendo además una compensación por daños morales.

Se resuelve el recurso de suplicación 58/2024, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid en el procedimiento ordinario (autos 482/2023).

La demandante, Dña. Enriqueta, trabajaba desde el 6 de septiembre de 2020 en una empresa de seguros, encargándose inicialmente de la tramitación de siniestros de una entidad aseguradora cliente. A partir de mayo de 2021, asumió progresivamente más responsabilidades.

justicia
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Fraternidad-Mupresapa

El TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla considera que la falta cometida no es lo suficientemente grave para justificar el despido disciplinario, a pesar de que hizo uso del uniforme y vehículo de la empresa para la que trabajaba por cuenta ajena.

Se resuelve el recurso de suplicación número 1615/24 interpuesto contra la sentencia del proceso de despido con número de autos 268/23 del Juzgado de lo Social de Melilla.

D. Mateo trabajaba desde 2013 como técnico oficial de telecomunicaciones para una empresa dedicada a las comunicaciones (distribución de telefonía móvil y fija, internet). El 1 de marzo de 2023, la empresa le notificó un pliego de cargos por presuntas faltas tipificadas en el convenio como muy graves, entre ellas fraude, deslealtad y abuso de confianza, debido a que había realizado trabajos como autónomo durante su jornada laboral. Se le dio un plazo para presentar alegaciones, pero no reconoció los hechos imputados. En su defensa, alegó que era también trabajador autónomo, instalador autorizado de cámaras de seguridad, y que el trabajo del que hablaban lo había realizado en un día no laborable.

 

Foro
balanza
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La Ley Orgánica 1/2025 publicada el 3 de enero de 2025 (ver página 266 y 267 del PDF) en el que se modifica la Ley del Estatuto de los Trabajadores (aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).

A continuación, se detallan los principales cambios establecidos en la disposición final vigesimosexta de esta ley, que entrará en vigor a partir del 3 de abril de 2025:

Modificación del artículo 50: extinción por voluntad del trabajador

Este artículo establece nuevas causas que permiten al trabajador solicitar la extinción de su contrato de trabajo, con derecho a indemnizaciones equivalentes a las previstas para un despido improcedente. Las causas incluyen:

 

 

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Fraternidad-Muprespa

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, publicada en el BOE del 03/01/2025, en la disposición final decimocuarta, introduce los siguientes cambios en la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF): 

Indemnizaciones exentas de impuestos (artículo 7)

Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales (Letra d):

Están exentas de impuestos las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos recibidas en los siguientes casos:

a) Si están legal o judicialmente reconocidas.

b) Si derivan de un acuerdo de mediación o solución alternativa de conflictos que o bien haya sido supervisado por un tercero neutral o si se hubiera elevado a escritura pública.

c) Si provienen de contratos de seguros de accidentes, dentro de los límites legales.

El cálculo de las cuantías exentas se basa en el sistema para valorar daños personales en accidentes de tráfico, regulado por el Real Decreto Legislativo 8/2004.

Indemnizaciones por despido o cese laboral (letra e):

a) Las indemnizaciones por despido están exentas de impuestos si cumplen con los límites obligatorios del Estatuto de los Trabajadores, en las cuantías establecidas con carácter obligatorio en el texto refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores aprobado por RDL 2/2015, de23 de octubre o en la normativa reguladora de ejecución de sentencias.

b) En los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor quedará exenta ...

 

Año
2025
Número
33