El Tribunal Supremo declara no ajustada a derecho la exigencia empresarial de certificación adicional, al considerar que resulta incompatible con el régimen de protección de datos personales y vulnera la igualdad de trato en el acceso a permisos retribuidos por asistencia sanitaria, con independencia de que la atención se preste en centros públicos o privados.
La sentencia resuelve un recurso de casación ordinaria nº 227/2024 interpuesto por la empresa frente a la sentencia nº 3103/2024 del Tribunal Superior de Justicia