El Tribunal desestima indemnización por violación del derecho a la desconexión digital, por no tener ese derecho carácter de derecho fundamental y ratifica la sentencia de instancia determinando que no procede otorgar compensación por la violación del derecho a la desconexión digital.
Al Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona se le asigna demanda sobre extinción de contrato a instancia del trabajador, argumentando una carga de trabajo excesiva con jornadas muy prolongadas y horarios intempestivos, vulnerando con ello la