La empresa alega que la investigación y seguimiento del demandante por parte de detectives se encargó ante las fundadas sospechas de un uso indebido del crédito sindical.
Se resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa demandada contra la sentencia nº 125/2024, dictada el 16 de enero por la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco (rec. suplicación 2195/2023). Dicha sentencia confirmaba la del JS nº 3 de Vitoria-Gasteiz de fecha 15