Solo procede la ausencia durante el tiempo “imprescindible e indispensable” ante situaciones de enfermedad o accidente.
El Supremo resuelve los recursos de casación nº 58/2025 interpuestos por dos empresas contra la sentencia 149/2024 dictada por la Audiencia Nacional, que estimó la demanda de conflicto colectivo presentado por un sindicato (se adhiere otro).
El litigio gira en torno a la interpretación y vigencia de la medida 47 del Plan de Igualdad de las empresas demandadas, especialmente tras la entrada en vigor