October Newsletter

These are some of the main information we have published this month.

In October we began the cycle of conferences “Meetings with the Mutua”, and in the first of them we analyzed with the jurist Manuel López Sacristán, a lawyer from the Mutua Legal Services and Advisory Center, the legal differences between the work accident in the General Regime and the RETA (see webinar).  In addition, we participated in a day of the Spanish Association for Quality dedicated to work absenteeism (read).

We also publish the pill video of our edition ofFratertalktitled "If Leonardo Da Vinci were your CEO. How to lead with genius", in which Javier Cantera reflects on what type of leaders today's business world requires(see news and video).

In it Legal area From the Advisor's Blog you will find two interesting sentences. In the first, the TSJ of Catalonia answers whether a sanction from the Labor Inspection for not summoning the affected worker in a challenge procedure for irregular employment is null.(read). In the second, the TSJ of Madrid analyzes the requirements for granting paid leave due to force majeure and hospitalization(read).

All this content and much more is included in the section We tell you / We listen to you inside the Advisor's Blog

Área Legal
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Fraternidad-Muprespa

El TSJ de Cataluña anula el procedimiento seguido contra un empresario sancionado por contratar a un extranjero sin autorización, al apreciarse de oficio la falta de litisconsorcio pasivo necesario en virtud del art. 151.5 LRJS.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) levantó acta de infracción contra un empresario titular de una empresa dedicada al comercio de frutas y verduras, tras detectar el 16.07.2021 a un trabajador indocumentado extranjero, que dice llamarse Donato, realizando tareas de venta y cobro, sin autorización de residencia y trabajo en España.

El empresario y el trabajador fueron emplazados en las oficinas de la inspección, y el empleado reconoció que el día de la visita estaba trabajando para el empresario.

La enfermedad imprevista y la hospitalización de la hija justifican los permisos; la empresa sancionada por trato desigual.

El trabajador presta servicios como personal operativo de fabricación y mantenimiento con un contrato indefinido y antigüedad de septiembre de 2022. Su jornada es de lunes a viernes, de 7:00 a 14:45 horas. Tiene una hija nacida en 2020 y se ausentó en varias ocasiones por motivos médicos y de cuidados de su hija.

Acompañó a su hija al centro de salud el 22 de noviembre de 2023 (11:48–13:44) y el 31 de mayo de 2024 (12:30 - 13:19). Además, su hija fue operada el 21 de febrero de 2024, siendo necesario el reposo domiciliario durante 7 días.

¿Cuál fue el conflicto con la empresa?

Foro
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Autor
FRATERNIDAD-MUPRESPA

Derecho al permiso

  • Regulado por el art. 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto-ley 5/2023.
  • Se reconoce para hospitalización, intervención quirúrgica con ingreso o reposo domiciliario necesario para cuidados de familiares.

Límite de días

  • No hay límite anual de 5 días; cada nuevo hecho causante genera un nuevo derecho al permiso.
  • Se puede disfrutar siempre que persista la necesidad de cuidados.

Inicio del permiso

  • El trabajador puede decidir cuándo iniciar el permiso, no tiene que coincidir con el ingreso hospitalario o inicio del reposo domiciliario (confirmado por la STS 3 octubre 2023 (239/2021).
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Gesglico Asesores S.L.

Buenos días, 

A un trabajador le han concedido la IP el día 05/10/25 Ahora tengo que esperar a que al trabajador le notifiquen que le han concedido la IP??? Si por ejemplo, le llega la notificación el día 03/11/25 Tengo que esperar 10 días naturales para saber si el trabajador quiere incorporarse a la empresa Llegado el día 12/11/25 el trabajador no comunica nada a la empresa Cuando tengo que tramitar el alta y la baja en Tesorería y realizar la inactividad Z??? Tengo que poner fecha de alta el día 06.10.25 o fecha 13.11.25???? y en que fecha tengo que realizar la L13??? Tengo un poco de lio y os agradecería muchísimo si me pudieras aclarar como es este proceso.

Muchas gracias

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Autor
AENA S.M.E.,S.A.

Buenas tardes,

Uno de los requisitos del relevista que firma un contrato de relevo es estar desempleado La pregunta es, si solicita una excedencia voluntaria en su empresa cumpliría con el requisito?

Gracias

Año
2025
Número
42