
El TSJ de Cantabria reconoce un complemento de Gran invalidez a una persona que necesita vigilancia permanente para evitar intentos autolíticos
El Tribunal Superior de Cantabria en esta sentencia número 447/2023, de 19 de mayo, analiza la situación de una trabajadora diagnosticada de trastorno mental, ansiedad y depresión con consumo ocasional de alcohol y cocaína. Ha tenido varios intentos autolíticos teniendo que ser ingresada en varias ocasiones en centros hospitalarios específicos de salud mental.
La trabajadora tiene concedida una incapacidad permanente absoluta y solicita el complemento de gran invalidez porque necesita vigilancia permanente de una tercera persona, para mantenerse con vida o evitar conductas de agresividad que pongan en peligro la seguridad de la propia persona o de una ajena.
El asunto sobre el que pivota esta sentencia es si es una cuestión cerrada la interpretación de la norma en su tenor literal, y si esto constituye una lista cerrada de cara a percibir el complemento de gran invalidez.
Esta sentencia hace hincapié en el acto esencial para la vida “es todo aquel que sea preciso para la satisfacción de una necesidad primaria e ineludible, para poder fisiológicamente subsistir o para ejecutar aquellas actividades indispensables en la guarda de la seguridad, dignidad, higiene y decoro fundamental para la humana convivencia. En este caso la sentencia antepone la protección de la vida, frente a la tendencia de autodestrucción, que también ha de estar comprendida entre los actos incluidos para poder percibir el complemento por gran invalidez. No se descarta la posibilidad de considerar como "acto esencial" la prevención de posibles actividades autoagresivas o evitar situaciones de peligro o riesgo.
Aunque la norma se refiere a la asistencia en la ejecución de actos básicos y fundamentales, el TSJ defiende la aplicación analógica para abrazar dentro de la categoría de gran invalidez situaciones severas de trastornos mentales, donde se requiere una asistencia continua de otra persona para evitar comportamientos agresivos que puedan poner en riesgo la seguridad personal o de terceros. Y es la dependencia respecto del protector o cuidador lo que caracteriza la gran invalidez.
Fallo: se estima el recurso interpuesto por la trabajadora reconociendo así la situación de gran invalidez, por lo tanto se le concede el derecho a percibir el complemento económico inherente a tal declaración.