El 5 de enero de 2023 se ha publicado el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por IT
Las principales modificaciones que se introducen son las siguientes:
- Se elimina el ejemplar de los partes médicos destinados a las empresas y, por lo tanto, también se elimina la obligación que tenían hasta ahora las personas trabajadoras de, en el plazo de 3 días, tener que presentar los partes en su empresa (o mutua, si hubiera cesado la relación laboral). A partir de ahora, será el INSS quien haga llegar esta información a las empresas, sin necesidad de usar a la persona trabajadora como intermediaria. (Modificación del artículo 7)
- Se aclara que los plazos que se marcan para las revisiones en función del tipo de proceso son plazos máximos, pudiendo el facultativo establecer un plazo de revisión cuando así lo considere necesario. (Se añade un último párrafo al apartado 3 del artículo 2).
- Se elimina la posibilidad de dejar en suspenso la colaboración obligatoria de la empresa en el pago delegado de las prestaciones económicas por incapacidad temporal, cuando éstas no remitan los partes médicos al INSS (antiguo apartado 4 del artículo 7).
Los cambios entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2023 y afectará tanto a los nuevos procesos de IT, como a aquellos que estén en curso y no hayan superado los 365 días de duración.
Fecha sentencia