Pasar al contenido principal
Centros

de atención

Oficina

digital

Urgencias 24h

900 269 269

Fraternidad-Muprespa
  • Conócenos
    • Quiénes somos
    • Misión, Visión y Valores
    • Organigrama
    • Órganos de Gobierno
    • Ley de transparencia
    • +compromiso
    • Convenios con otras MCSS
    • Teléfonos y direcciones
    • Informe Anual y Memoria
    • Plan estratégico
    • Código ético y de conducta
    • Año 2022 "La Mutua que cuida de ti"
  • RSC
    • Compromiso con la RSC
    • Compromiso con la diversidad
    • Compromiso con la sostenibilidad
    • Compromiso con los ODS
    • Memoria de RSC y ODS
  • Certificaciones
    • Políticas de Fraternidad-Muprespa
    • Calidad ISO 9001
    • Satifacción del Cliente ISO 10002
    • Medio Ambiente ISO 14001
    • Huella de Carbono verificada-GHG Protocol
    • Seguridad de la información ISO 27001 y ENS
    • Acreditación QH**
    • Accesibilidad DIGA/AIS
    • Seguridad y salud en el trabajo ISO 45001
    • Pacto Digital

Urgencias 24h

900 269 269

Centros de atención

Centros

de atención

Oficina

digital

Urgencias 24h

900 269 269

  • Conócenos
    • Quiénes somos
    • Misión, Visión y Valores
    • Organigrama
    • Órganos de Gobierno
    • Ley de transparencia
    • +compromiso
    • Convenios con otras MCSS
    • Teléfonos y direcciones
    • Informe Anual y Memoria
    • Plan estratégico
    • Código ético y de conducta
    • Año 2022 "La Mutua que cuida de ti"
  • RSC
    • Compromiso con la RSC
    • Compromiso con la diversidad
    • Compromiso con la sostenibilidad
    • Compromiso con los ODS
    • Memoria de RSC y ODS
  • Certificaciones
    • Políticas de Fraternidad-Muprespa
    • Calidad ISO 9001
    • Satifacción del Cliente ISO 10002
    • Medio Ambiente ISO 14001
    • Huella de Carbono verificada-GHG Protocol
    • Seguridad de la información ISO 27001 y ENS
    • Acreditación QH**
    • Accesibilidad DIGA/AIS
    • Seguridad y salud en el trabajo ISO 45001
    • Pacto Digital
  • Empresa
  • Autónomo
  • Trabajador
  • Asesoría
  • Portal Corporativo
Justicia
Comparte
Volver

El Tribunal Supremo dictamina que el cese de un trabajador es improcedente cuando en la carta de despido no se concretan las circunstancias que motivan el despido

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la firmeza de la sentencia del Juzgado de lo Social nº1 de Palencia en la que se declaraba improcedente el despido de una trabajadora a la que se le entregó carta de despido que no concretaba las fechas y momentos en los cuales se cometieron los hechos que motivan la sanción.

El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores es el que determina la forma y efectos del despido disciplinario. En su punto 1 reza, “El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos”.

En esta sentencia la trabajadora no está conforme con la decisión de la empresa y que se la haya despido de manera disciplinaria, la trabajadora alegó que la carta de despido no reunía los requisitos formales exigidos por el mencionado artículo 55.1 del ET.

El Juzgado de lo Social nº1 de Palencia dictó sentencia dándole la razón a la trabajadora al apreciar que la carta de despido no reunía los requisitos formales al ser incorrectos los hechos imputados.

La empresa recurrió en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y este confirmó la anterior sentencia. En concreto, en el aludido documento se detallaban una decena de declaraciones de distintos empleados de la misma empresa en la que prestaba servicios la trabajadora y que alertaban sobre un presunto trato incorrecto por parte de esta última. Sin embargo, los citados trabajadores que denunciaban tal situación no constaban identificados, como tampoco lo fueron en el expediente disciplinario previo.

La empresa demandada interpuso recurso de casación para unificación de doctrina y el Tribunal Supremo declaró la inadmisión.

 

Fallo: El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictamina que la carta de despido contenía imputaciones genéricas en referencia a la actitud de la trabajadora despedida y declara la improcedencia del despido disciplinario, confirmando la sentencia de instancia.

Fecha sentencia
Octubre 2021
Nº de recurso
1454/2021
STSJ_CL_3726_2021

Previene

SEGURIDAD Y SALUD

Portal del

PACIENTE

Portal del

EMPRENDEDOR

Rincón del

ASESOR

Rincón de

LA SALUD

Portal del

HOSPITAL

Defensor

del mutualista

Contacte

con nosotros

Centros

de atención

AENOR ISO 9001
AENOR ISO 14001
AENOR ISO 27001
ICDQ  ISO 10002
Certificado huella de carbono
Pacto Digital para la Protección de las Personas
Compromiso Diversidad
WCAG1AA Conformance
Logo Naciones Unidas
Huella de carbono verificada-GHG Protocol
Certificado de conformidad con el ENS
Bureau Veritas - ISO 45001:2018
AENOR ISO 9001
AENOR ISO 14001
AENOR ISO 27001
ICDQ  ISO 10002
Certificado huella de carbono
Pacto Digital para la Protección de las Personas
Compromiso Diversidad
WCAG1AA Conformance
Logo Naciones Unidas
Huella de carbono verificada-GHG Protocol
Certificado de conformidad con el ENS
Bureau Veritas - ISO 45001:2018
AENOR ISO 9001
AENOR ISO 14001
AENOR ISO 27001
ICDQ  ISO 10002
Certificado huella de carbono
Pacto Digital para la Protección de las Personas
Compromiso Diversidad
WCAG1AA Conformance
Logo Naciones Unidas
Huella de carbono verificada-GHG Protocol
Certificado de conformidad con el ENS
Bureau Veritas - ISO 45001:2018

La Mutua que cuida de ti

La Mutua que cuida de ti

Perfiles

Empresa
Autónomo
Trabajador
Asesoría
Portal corporativo

Portales

Portal de cumplimiento
Portal de transparencia
Portal de PRL (Previene)
Portal del emprendedor
Portal del hospital
Portal del paciente
Rincón del asesor
Rincón de la salud

Conócenos

¿Quiénes somos?
Trabaje en la mutua
Sala de prensa
Mapa del sitio

Menú redes sociales v20

  • Facebook
  • X
  • Youtube
  • LinkedIn
  • Instagram

Perfil de contratante | Cookies | Aviso legal | Privacidad

Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, 275. Fraternidad-Muprespa 2025

Guardar
Castellano
  • Català
  • Euskara
  • Galego