Lenguas
Autor
Manuel Pinardo Puerta
Última actualización
Actualidad
Descripción
Los artículos 18 y 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establecieron obligaciones del empresario respecto de la información y la coordinación real de las actividades que se realicen en su centro de trabajo de manera que se puedan realizar los trabajos sin riesgos o que estos sean suficientemente controlados por los trabajadores que vayan a efectuar las tareas. Observemos que el mencionado artículo 18 no hace referencia a los trabajadores dependientes del empresario empleador, sino de aquel que tenga la información correspondiente a los riesgos con que pueda encontrarse el trabajador en el desarrollo de su trabajo.
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