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El Tribunal Supremo abre la puerta a elevar la indemnización por daños morales en un despido nulo

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que condena a una empresa a indemnizar a uno de sus empleados en concepto de daño moral como consecuencia de un despido nulo.

El trabajador ocupaba el puesto de jefe de ventas en la agencia de viajes demandada, en el año 2018 se le abrió un expediente disciplinario alegando una disminución continuada y voluntaria en su rendimiento normal de trabajo, poco tiempo después la empresa procedió al despido disciplinario del trabajador, alegando las mismas causas por las que fue sancionado.

Los magistrados han considerado, a efectos indemnizatorios, que la conducta de la empresa debe ser calificada como muy grave según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).

Ello es debido a que la horquilla de la cuantificación de las sanciones en la Lisos para un mismo tipo de falta (leve, grave, muy grave) resulta ser excesivamente amplía. Piénsese que, en estos momentos, la sanción por la comisión de una falta muy grave en materia laboral puede fijarse entre 7.501 euros y 225.018 euros, según el artículo 40 LISOS; y, al tiempo de producirse los hechos la horquilla de dichas sanciones estaba entre 6.251 euros y 187.515 euros.

El alto tribunal ha concretado qué elementos se deben tener en cuenta a la hora de calcular dicha compensación: aspectos como “la antigüedad del trabajador, la persistencia temporal de la vulneración del derecho fundamental, las consecuencias que se provoquen en la situación personal del trabajador o una actitud tendente a impedir la defensa y protección del derecho transgredido deben ser tenidos en cuenta en orden a la cuantificación de la indemnización”, dice la sentencia, que crea una base jurídica ante una cuestión muy problemática en el ámbito laboral.

Esta sentencia puede sentar jurisprudencia y ofrece la posibilidad de que las compensaciones sean más elevadas ante un despido ilegal.

 

Fallo: El Tribunal Supremo estima las pretensiones del trabajador condenando a la empresa a pasar por su decisión.

Fecha sentencia
Abril 2022
Nº de recurso
2391/2019
Sentencia

Previene

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Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, 275. Fraternidad-Muprespa 2025

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