La Mutua abona 66,7 millones a autónomos en el cuarto pago por la prestación de cese de actividad

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Fraternidad-Muprespa

Fraternidad-Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275, prosigue tramitando y abonando a sus trabajadores autónomos adheridos la Prestación Especial por Cese de Actividad. El pasado 30 de junio hizo efectivo el cuarto pago por un total de 66.782.013,93 euros. Se trata de la prestación extraordinaria para los trabajadores por cuenta propia afectados por la declaración del estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo por la pandemia COVID-19. 

El total de solicitudes recibidas fue de 94.553. De las 93.155 prestaciones abonadas, 50.521 correspondían al Cese de Actividad mientras que 42.634, a la prestación por descenso de los ingresos. 

Del total de la cantidad abonada, 35.352.605, el 52,9% corresponde a prestaciones por cese de actividad mientras que 31.429.408, el 47,1%, es el importe relativo a prestaciones por bajada de ingresos. 

Andalucía (17.545.139), Comunidad de Madrid (9.796.569) y Castilla y León (5.565.257) son las regiones en las que se han abonado los importes más elevados. 

La cantidad total abonada por Fraternidad-Muprespa por esta prestación desde el 14 de abril supera los 231 millones de euros destinados a más de 92.000 autónomos. 

Según datos difundidos por AMAT (Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo) el conjunto de las entidades ha concedido el 96,60% de las solicitudes presentadas por los autónomos para acogerse a la prestación extraordinaria por cese de actividad hasta el 30 de junio, lo que ha permitido un alivio económico a este colectivo durante los meses más difíciles de crisis sanitaria. En concreto, la ayuda gestionada por el Sector de Mutuas ha llegado a 1.463.191 autónomos de toda España, concentrándose el 58,69% de los beneficiarios en las regiones de Andalucía (259.624), Cataluña (243.233), Madrid (186.649) y la Comunidad Valenciana (169.363). El 48% de los trabajadores por cuenta propia de España se han acogido a esta prestación desde marzo. 

Hasta el 31 de julio próximo, cualquier autónomo que necesite una ayuda para compensar las pérdidas sufridas durante el estado de alarma, bien sea por haberse visto obligado a cesar en su actividad o bien por haber sufrido una pérdida de facturación superior al 75% respecto a la situación previa, puede solicitar la Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad para los afectados por declaración del estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Además existen nuevas medidas de protección para el colectivo de trabajadores autónomos y que se pusieron en marcha el pasado 1 de julio, y que puede consultar aquí

Si se ha sido beneficiario de la prestación anterior hasta el 30 de junio y el autónomo prevé una reducción superior al 75% en la facturación del tercer trimestre (comparándolo con el del año anterior) puede solicitar la nueva prestación por Cese de Actividad y trabajo por cuenta propia. Debe cumplir además el requisito de no llegar a unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 € en dicho período. 

Si un trabajador autónomo de temporada no pudo acceder a la prestación extraordinaria CATA.COVID-19, ahora podrá acceder a una nueva prestación equivalente, que se ha creado con el fin de ofrecer las mismas posibilidades que al resto de autónomos. La solicitud de esta prestación puede hacerse hasta el mes de octubre.

Si se ha sido beneficiario de la prestación extraordinariaCATA.COVID-19 hasta el 30 de junio de 2020, el trabajador autónomo tendrá derecho a una exoneración de sus cotizaciones a la Seguridad Social: el 100% de las cotizaciones correspondientes al mes de julio, el 50% de las correspondientes a agosto y el 25% de las de septiembre. Esta modalidad de ayuda, incompatible con la prestación por Cese de Actividad, no se gestiona a través de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y probablemente se aplique de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Fraternidad Muprespa permite que todos los trámites que sea necesario llevar a cabo se realicen a través de la Oficina Digital, a la que puede acceder aquí. 


 

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