Boletín julio

En el boletín del Asesor de este mes hacemos un repaso por las noticias acontecidas durante el mes de julio. 

Por ejemplo, la jornada sobre las modificaciones normativas del Real Decreto-ley 2/2023 en la prestación de la Incapacidad temporal, celebrada en el Colegio de Graduados Sociales de Santa Cruz de Tenerife; la presentación de las principales características de la App Mi Frater Paciente, reunidas en un vídeo divulgativo. 

Refresh del canal de servicios electrónicos para trámites de empresas con el INSS.

El 4 de julio se dio por finalizada la situación de crisis sanitaria por la covid y acabó la obligatoriedad de las mascarillas. 

Encontrarás también una interesante sentencia del Tribunal Supremo en la que se toma en consideración como prueba la grabación de luna cámara que había sido instalada con el fin de probar que era la empleada del hogar la que sustraía dinero y joyas de la casa de la demandante. 

Todo este contenido y mucho más se encuentra incluido en la sección Te contamos / Te escuchamos dentro del Blog del Asesor

No te pierdas ninguna de las novedades que te ofrecemos en exclusiva. 

Área Legal
Normativa
Publicado
Autor
Fraternidad-Muprespa

El objetivo del real decreto es desarrollar el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores, que trata sobre el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización de Empleo. Este mecanismo permite a las empresas solicitar medidas como la reducción de jornada y la suspensión de contratos de trabajo.

 

Encontrarás el comentario y la normativa adjunto a la publicación. 

 

Justicia
Publicado
Autor
Fraternidad-Muprespa

Esta sentencia del Tribunal Supremo con número de recurso 701/2021 analiza el caso de un despido a una empleada del hogar de la que se sospecha que ha sustraído 30.000€ y varias joyas del hogar en el que trabajaba.

Puedes encontrar el comentario en el en enlace, donde también encontrarás la sentencia completa.

 

 

 

Foro
Padre e hijo
Publicado
Autor
Cecilia Alvarado Caporale de Instituto Galego de Asesoramiento Empresarial S.L

Buenos días. Un autónomo societario (con 20% del capital social pero son todos administradores solidarios) contrata a su hijo menor de 30 años. Conviven en el mismo domicilio, por tanto quedaría excluido de la protección por desempleo. El contrato será código 100 indefinido ordinario, ya que no puede ser un contrato 150  por ser autónomo societario y no autónomo persona física. En RED no permiten mecanizar vínculo familiar ninguno por la clave del contrato. He consultado a Sistema RED y no supieron decirme como informar de la exclusión de protección por desempleo y me remitieron a que consultara en CASSIA, y en CASSIA me contestaron a las dos consultas que hice diciéndome lo siguiente: que el alta es normal sin peculiaridades y que no se permiten la anotación de desempleo para altas de autónomos societarios.

¿Alguien sabe si la exclusión de desempleo afectaría a este trabajador o realmente puede cotizar por desempleo por ser hijo de autónomo societario

 

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mano con calculadora
Publicado
Autor
Inmaculada Moreno Gallardo

Tengo un trabajador que sale por 2 semanas a realizar un trabajo  fuera de la sede de Madrid, si le doy la dieta que nos pone en el convenio, ¿qué le cubre? ¿La pernocta está incluida en esa dieta o va a parte?
Gracias

 

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personas jubiladas
Publicado
Autor
Almudena Bermejo Díaz de PEÑA ASESORES, S.L.

Buenos días, 

Nuestra consulta tiene más que ver con la parte de INSS más que de TGSS y es la siguiente: 

Persona de 66 años que está pensando en solicitar la jubilación activa y se plantea los posibles inconvenientes y ventajas de dicha elección. Tendría acceso a la pensión máxima. 

Con respecto a la opción de recibir una cantidad a tanto alzado por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió dicha edad y la del hecho causante de la pensión, ¿contarían los años de demora hasta que se solicitase la jubilación activa o seguirían corriendo hasta que se jubilase definitivamente de forma total?. 

Y en cualquier caso al tener ya la jubilación máxima ¿tendría derecho a esa cantidad a tanto alzado o la perdería? En el caso del % adicional del 4% mensual entiendo que lo perdería porque ya estaría en máximos pero en el caso de la cantidad a tanto alzado ¿Qué pasaría?. 

Gracias. 

 

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Año
2023
Número
15