Nueva webinar ‘Encuentros con la Mutua’ centrada en los trabajadores desplazados y el AT en el extranjero
Fraternidad-Muprespa ha celebrado este jueves su segunda webinar “Encuentros con la Mutua”, un espacio de divulgación y conocimiento impartido por expertos de la Mutua en diversos ámbitos. Silvia Vela, directora del Departamento de Comunicación y Relaciones Institucionales de la Mutua presentó a los más de 600 asistentes la jornada y a sus ponentes, Alejandra Alonso de Castañeda, jefa del Área de Contingencia Profesional del Departamento de Prestaciones Económicas de Fraternidad-Muprespa, y la doctora Eva Manzano, directora del Departamento de Gestión Sanitaria de la Mutua
Alonso de Castañeda intervino en primer lugar para centrarse en los requisitos legales que atañen a las personas trabajadoras que desarrollan su actividad fuera de España de manera temporal, destacando cuatro grandes bloques: temporalidad, condiciones personales, empresariales y administrativas.
“Estos desplazamientos deben tener una duración limitada, el trabajador no puede ser enviado en sustitución de otro salvo excepciones y se debe estar vinculado a la Seguridad Social española sin que la misma persona pueda ser desplazada nuevamente al mismo país hasta pasado un periodo mínimo”, explicó. También es preceptivo cumplir con las exigencias administrativas del país.
La jornada repasó los distintos escenarios según el destino: países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo, estados con convenios bilaterales o multilaterales, y aquellos sin acuerdo vigente. En cualquier caso es necesario cumplimentar el modelo TA300 de comunicación del desplazamiento. Se hizo especial hincapié en que “no todos los gastos derivados de recibir asistencia sanitaria son reembolsables, dado que algunos sistemas sanitarios contemplan copagos”, refirió.
Mención especial mereció la situación de teletrabajo. Alonso de Castañeda citó los instrumentos normativos clave que regulan esta modalidad laboral y que ambos reconocen que el trabajo puede realizarse desde cualquier lugar, si se mantienen contacto con el empleador mediante tecnología.
Para personas trabajadoras desplazadas a países firmantes del convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Portugal y Uruguay) al formulario TA300 hay que sumar el modelo IBERO, y la Tesorería General de la Seguridad Social expedirá el documento oficial que acredita el desplazamiento.
Dado que junto al convenio multilateral conviven convenios bilaterales con algunos de estos países, se explicó que debe aplicarse a la persona trabajadora la disposición que le sea más favorable. Además, se aclaró que este convenio no contempla la asistencia sanitaria, por lo que se reiteró la conveniencia de valorar alternativas de cobertura médica.
Por último, para desplazamientos a países sin convenio de Seguridad Social con España, se asimila la situación de alta para garantizar la protección social, siempre que se cumplan ciertas actuaciones por parte de la empresa y la persona trabajadora.
La jornada subrayó la importancia de conocer estas alternativas en contextos sin cobertura internacional, y se recomendó a las empresas planificar con antelación y detalle estos desplazamientos.
Asistencia sanitaria en el extranjero
El desarrollo de este otro aspecto central de la jornada corrió a cargo de la doctora Eva Manzano, que relató que cuando se sufre un accidente laboral en el extranjero “debe acudirse al servicio público, presentar el documento acreditativo correspondiente y comunicar el incidente a la mutua que designará un ‘corresponsal’”.
La función de este profesional es recabar información sobre las necesidades asistenciales de la persona accidentada, de cara a una posible repatriación, trámite cuyos gastos asume la mutua, siempre que exista prescripción médica y la situación clínica lo permita.
Con esta jornada, Fraternidad-Muprespa reforzó su compromiso de ofrecer información clara y práctica a empresas, asesorías y personas trabajadoras, destacando la importancia de llevar a cabo los trámites oportunos para la correcta gestión administrativa ante una posible contingencia.
