Tramitación de la prestación por riesgo durante la lactancia natural (por cuenta propia)

Antes de solicitar la prestación por riesgo durante la lactancia natural deben haberse agotado todas las posibilidades para conseguir que la mujer, que está alimentando a su bebé mediante lactancia natural, pueda seguir trabajando sin estar expuesta a riesgos para su salud o la de su bebé, por ello la tramitación de esta prestación se lleva a cabo en diferentes fases:

1. Adaptación de las tareas realizadas dentro de la actividad profesional.

Cuando la mujer, que está alimentando a su bebé mediante lactancia natural, considere que en la realización de su actividad profesional existen agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en su salud o la de su bebé deberá intentar adaptar las tareas que realiza para hacerlas compatibles con su situación.

  • Si con las adaptaciones de las tareas se eliminaran los riesgos para la salud de la propia trabajadora y la de su bebé, no habría que continuar con la tramitación.
  • Si no fuera posible llevar a cabo adaptaciones en las tareas que se realizan en el ejercicio de la actividad profesional para hacerlas compatibles con la situación de lactancia natural, garantizando la salud de la propia trabajadora y la de su bebé, se deberá continuar con la siguiente fase.

En esta fase de adaptación de puesto de trabajo no interviene la Mutua.

2. Certificación médica de existencia de riesgo para la lactancia natural en el puesto de trabajo.

Cuando no se hayan podido tomar medidas para adaptar las tareas que se realizan en el ejercicio de la actividad profesional para hacerlas compatibles con la situación de lactancia natural, o dichas medidas hayan sido insuficientes para evitar los riesgos que pueden suponer para la salud de la propia trabajadora o la de su bebé, se deberá solicitar a la Mutua que certifique estos extremos.

Para que la mutua emita el certificado médico de existencia de riesgo durante la lactancia natural por las tareas o condiciones en la actividad profesional desarrollada por la trabajadora deberá presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI (por ambas caras).
  • Solicitud a la Mutua del certificado médico de existencia de riesgo durante la lactancia natural, en la que conste la declaración de los riesgos en el desarrollo de la actividad profesional y la imposibilidad de evitarlos.
  • Informe médico del Servicio Público de Salud que acredite la situación de lactancia natural y la inexistencia de complicaciones inherentes a la propia situación de la mujer.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento del bebé.
  • Evaluación del puesto de trabajo con las mediciones y especificaciones de cada riesgo.
Formularios para tramites

Recibida la documentación, la mutua evaluará si procede o no certificar la existencia de riesgos laborales durante la lactancia natural, pudiendo darse las siguientes situaciones:

  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la trabajadora, que está alimentando a su bebé mediante lactancia natural, tras las adaptaciones de las tareas desarrolladas en su actividad profesional, ya son susceptibles de suponer riesgos para su salud o la de su bebé. La Mutua emitirá un certificado de existencia de riesgo y se continuaría con la siguiente fase.
  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la trabajadora, que está alimentando a su bebé mediante lactancia natural, tras las adaptaciones de las tareas desarrolladas en su actividad profesional, no son susceptibles en ese momento de suponer riesgos para su salud o la de su bebé; pero sí pudieran llegar a serlo en un futuro. La Mutua emitirá un certificado condicionado de existencia de riesgo, indicando la fecha a partir de la cual los riesgos evaluados ya podrían suponer un riesgo para su salud o la de su bebé. Llegada dicha fecha(*) se continuaría con la siguiente fase.

(*) El certificado emitido por la Mutua solo tendrá validez si llegada la fecha indicada en el mismo, la mujer no hubiera sufrido cambios ni en las tareas que realizaba, ni en los riesgos a los que estaba expuesta ni se hubieran producido complicaciones inherentes a su estado ni hubiera interrumpido la lactancia natural. De haberse modificado alguna de estas situaciones, deberá volver a solicitar una nueva certificación médica aportando la información actualizada (que la Mutua deberá volver a valorar).

  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la trabajadora, que está alimentando a su bebé mediante lactancia natural,  tras las adaptaciones de las tareas desarrolladas en su actividad profesional, no son susceptibles de suponer riesgos para su salud ni la de su bebé. La Mutua emitirá un certificado negativo y se finalizaría aquí el trámite.
  • Que la embarazada se encontrara en situación de incapacidad temporal o presentara complicaciones inherentes a su salud (no relacionadas con el trabajo). La Mutua emitirá un certificado negativo y se finalizaría aquí el trámite.
  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la trabajadora, que está alimentando a su bebé mediante lactancia natural, pudieran ser evitables tomando medidas preventivas que no han sido adoptadas. La Mutua podrá enviar a uno de sus técnicos de prevención para evaluar los riesgos o remitir el expediente a la Inspección de Trabajo de la Seguridad Social para conocer sus conclusiones y emitirá el certificado en función del resultado.

3. Solicitud de la prestación por riesgo durante la lactancia natural.

Desde el momento en que la Mutua haya certificado la existencia de riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora podrá interrumpir su actividad profesional y solicitar, con efectos de dicho día, la correspondiente prestación.

Para que la mutua pueda reconocer la prestación por riesgo durante la lactancia natural la trabajadora deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud a la Mutua de la prestación de riesgo durante la lactancia natural.
  • Justificante del abono de las cotizaciones de los dos últimos meses.
  • Declaración de la situación de actividad.
  • Modelo 145 de la Agencia Tributaria a efectos de aplicar la retención de IRPF.
Formularios para tramites

Recibida la documentación, si no hubiera ninguna incidencia en la misma y se verificaran los requisitos de acceso a la prestación, la Mutua procederá a emitir resolución reconociendo la prestación y comenzaría el abono de la misma, con periodicidad mensual.

FRATERNIDAD-MUPRESPA informa…

Podrá hacer llegar a la Mutua la documentación requerida para tramitar esta prestación, por alguno de los siguientes medios:

  1. A través de correo electrónico.

Consulte el correo electrónico de su centro de gestión en: fraternidad.com/correo-delegacion

  1. Presencialmente o por correo postal.

Consulte la dirección de su oficina más cercana. fraternidad.com/centros

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