Prestación económica que un trtrabajadorn situación de IIT(baja médica) percibe de su emempresaon la misma periodicidad que el salario, pero con cargo a la entidad gestora (INSS o ISM) o colaboradora con la SeguSeguridad Socialtua) correspondiente.

En muchos convenios colectivos se establece que la empresa complemente a su cargo hasta el 100% de estas prestaciones para que el trabajador de baja no sufra merma económica durante su situación de ITIT