La sentencia unifica doctrina y recuerda que el informe del servicio de prevención no legitima por sí solo la extinción del contrato.
Se resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina, contra la sentencia nº 592/2024 dictada el 10 de julio de 2024 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso de suplicación núm. 236/2024, interpuesto frente a la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 12 de Madrid, de