El Tribunal Supremo establece que el descanso semanal y el diario no pueden solaparse y que el plazo de prescripción comienza cuando el daño es cuantificable en su conjunto, al final del año natural.
Se resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por una Consejería de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, recurso de suplicación nº 218/2023, formulado