El Tribunal descarta represalia o discriminación y recuerda que el ius variandi empresarial ampara los cambios de centro de trabajo cuando no alteran elementos esenciales de la relación laboral.
Se resuelve el recurso de suplicación 614/2025 contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de La Coruña, procedimiento 722/2024 de modificación sustancial de condiciones de trabajo.
El trabajador es vigilante de seguridad que trabajaba en el servicio de "acudas". La empresa le trasladó a otro centro de