La empresa tiene derecho a controlar el uso del crédito horario sin que esto constituya una infracción, según la sentencia que define el alcance del control empresarial sobre las horas sindicales.
Se resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina sobre Tutela de Derechos Fundamentales, interpuesto por una empresa contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia el 7 de diciembre de 2020 (recurso de suplicación nº 3405/2020)