El Juzgado de lo Social n º 1 de Orense declara extinguida la relación laboral conforme al art.50.1.c del Estatuto de los Trabajadores al acreditarse un incumplimiento grave del empleador en materia de prevención de riesgos psicosociales y vulneración del derecho fundamental a la integridad física y psíquica protegido en el art.15 de la Constitución Española.
La trabajadora prestaba servicios en un departamento de diseño de moda femenina de una importante firma desde 2004. Entre 2014 y 2022