Jarduerak uzteko onurak RDL 30/2020 (3ᵉʳ paketea)

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, en favor de los trabajadores autónomos más afectados por las consecuencias de la crisis COVID-19.

Las nuevas medidas consisten en: la prórroga hasta el 31 de enero de 2021 de la prestación especial por cese de actividad prevista en el artículo 9 del Real Decreto ley 24/2020, para garantizar un mínimo de ingresos a los trabajadores autónomos que se vean afectados por la suspensión de su actividad en virtud de una resolución administrativa; dar un subsidio a aquellos otros que no tengan la carencia necesaria para acceder a ninguna otra prestación de cese de actividad; y crear una nueva ayuda para los trabajadores autónomos de temporada, de segundo semestre, que ven reducida su actividad debido a la crisis sanitaria y económica actual.

A continuación mostramos un cuadro explicativo de la normativa, prestaciones, plazos de solicitud y duración máxima de las ayudas.

Tipos de prestaciones y legislación

ARAUA

ONDURA

ESKAERAK EGITEKO EPEA

GEHIENEZKO IRAUPENA

RDL 30/2020
(13.1 artikulua)

Covid-19 birusaren hedapenari aurre egiteko neurri gisa, agintaritza eskudunaren ebazpen baten ondorioz, aldi baterako etenaldiaren eraginpean dauden langile autonomoentzako jarduera uzteko ezohiko prestazioa.

Jarduera eteteko ebazpena indarrean jarri eta hurrengo 15 eguneko epean.

Etenduraren indarraldiaren arabera.

RDL 30/2020
(13.2 artikulua)

Jarduera uzteko ezohiko prestazioa, jarduera uzteko ohiko prestaziorako edo autonomoarekin bateragarria den uzteko prestaziorako sarbidea falta ez duten autonomoentzat.

2020/1/10 -
2020/12/31


arte 2021/01/31

RDL 30/2020
(14. artikulua)

Ekainetik abendura bitartean sasoiko langileentzat jarduera uzteko aparteko prestazioa.

2020/1/10 -
2021/01/31

4 hilabete

RDL 30/2020
(D.A. 4. RDL 30/2020)

Dagoeneko 24/2020 RDLren 9. artikuluaren arabera sortutako prestazioen luzapenarekin bateragarria den jarduera uzteagatiko prestazioa.

2020/1/10 -
2021/01/31


arte 2021/01/31

 

Ponemos a su disposición un resumen esquemático de las nuevas prestaciones.

 

¿Qué prestaciones puedo solicitar?

 

1.Si necesita una ayuda para compensar las pérdidas sufridas a raíz de haberse visto obligado a suspender totalmente su actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente puede solicitar la prestación regulada en el Art. 13.1 del Real Decreto-ley 30/2020.

Plazo de solicitud: en los 15 días siguientes a la entrada en vigor de la resolución de suspensión de la actividad.

 

 

 

2.Si no tiene la carencia necesaria para acceder a las prestaciones por cese de actividad que tienen tal exigencia (prestación ordinaria de cese de actividad -art 327 TRLGSS- o prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia –DA 4ª RDL 30/2020) y prevé tener ingresos procedentes de la actividad por cuenta propia en el último trimestre del ejercicio 2020 no superiores al salario mínimo interprofesional, así como una reducción del 50% en relación a los ingresos habidos en el primer trimestre del 2020, entonces puede solicitar la ayuda regulada en el art. 13.2 del Real Decreto-ley 30/2020.

 

 

 

3. Si es un trabajador autónomo de temporada que presta su actividad entre los meses de junio y diciembre y no pudo acceder a la prestación extraordinaria CATA.COVID-19, podrá acceder a la nueva prestación regulada en el artículo 14 del Real Decreto-ley 30/2020.

Plazo de solicitud: hasta el 31 de enero de 2021.

 

 

 

3

 

4.Si ha sido beneficiario de la prestación extraordinaria CATA.COVID-19 hasta el 30 de junio de 2020 (establecida en el art. 17 del Real Decreto-ley 8/2020) y en el cuarto trimestre prevé una reducción en la facturación superior al 75% (en comparación con el mismo periodo del año anterior) y además, no obtiene a unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 € en dicho periodo, podrá solicitar o prorrogar la Prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia en los términos establecidos en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 30/2020.

Plazo de solicitud: hasta el 31 de enero de 2021.

 

 

 

Si es un trabajador autónomo de temporada que presta su actividad entre los meses de marzo y octubre y no pudo acceder a la prestación extraordinaria CATA.COVID-19, aún está tiempo de solicitar la prestación que se creó en el art. 10 del Real Decreto-ley 24/2020.

Plazo de solicitud: hasta el 31 de octubre de 2020.

Para cualquier duda o información necesaria sobre las anteriores prestaciones puede consultarlas en el siguiente enlace:

 

 

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